jueves, 3 de abril de 2008

COMENTARIOS AL ESTATUTO DE LA URE


Releyendo el estatuto de la URE y siguiendo con la filosofía de colaborar con los que tenemos algún problema con las instalaciones, os paso unos comentarios que no me quedan claros y espero que sean matizados en las asambleas de cada territorial.

En él articulo 5 , del Estatuto de la URE hace referencia en sus puntos d) y f) a un par de supuestos que por mas que intento entenderlas , no las acabo de ver estos fines a los que hace referencia en la actualidad

Articulo 5:

d)Fomentar la union y camaraderia entre radioaficionados,facilitandoles su mutuo conocimiento y estima.

f)Repesentar a sus asociados, y alos radioaficionados en general que lo deseen,ante la Administracion General del Estado y ante cualquier otra entidad publica o privada,velando por sus intereses.

Lo de la camaradería del punto d)es algo que en el foro esta en tela de juicio.

Sobre todo el punto f) Representar a sus asociados, y a los radioaficionados que lo deseen, ante la Administración General del estado y ante cualquier otra entidad publica o privada, velando por sus intereses.

Esto si no me equivoco incluye Telecomunicaciones, Ayuntamientos y comunidades de vecinos.


Por lo que la creación de un gabinete jurido de soporte a los asociados y a cualquier radioaficionado es algo que debería de estar funcionando en la asociación desde hace tiempo.

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